¿SABÍAS QUE LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA APLICAR LAS REFORMAS FISCALES SE PUBLICARON EL 28 DE DICIEMBRE A TRAVÉS DE LA MISCELÁNEA FISCAL?
En el programa pasado prometí que esta columna estaría dedicada a lo más sobresaliente de la Miscelánea Fiscal. Cumpliendo con ello, te comparto que el jueves de la semana pasada tomé un curso con la Asociación Mexicana del Colegio de Contadores de Tehuacán, una institución que, como siempre, se distingue por contar con profesionales de alto nivel.
Derivado de este análisis, deseo compartirte las reglas más relevantes que, a mi juicio, debes tener muy presentes para el ejercicio fiscal 2026. A continuación, te las enumero:
1.Aumento en la tasa de recargos por mora.
La tasa mensual pasa del 1.47 % al 2.07 %, lo que representa un incremento aproximado del 40 %.
2.Incremento en la tasa de retención por inversiones bancarias.
Aumenta del 0.50 % al 0.90 %.
3.Regla 2.2.14. Firma electrónica de personas morales.
Para la generación o renovación de la e.firma por internet, la autoridad, tras un análisis minucioso, podrá requerir información y documentación adicional conforme al artículo 17-D, párrafos quinto y sexto del CFF. En estos casos, será obligatoria la presencia física del contribuyente mediante cita, para autenticar la solicitud.
4.Regla 2.3. Solicitud automática de saldos a favor.
Sin cambios. Continúa la facilidad para presentar solicitudes automáticas por importes de $10,001 a $150,000 pesos.
5.Regla 2.7. Contribuyentes del RIF.
Podrán continuar facturando durante el ejercicio fiscal 2026 mediante las aplicaciones “Factura Fácil” y “Mi Nómina”, sin necesidad de contar con e.firma o certificado de sello digital.
6.Regla 2.7.1.46. CFDI de nómina.
Los patrones obligados a expedir CFDI de nómina podrán, por única ocasión, solicitar la corrección de datos del RFC de sus trabajadores asalariados mediante la Ficha de Trámite 44.
7.Regla 2.7.5.6. Corrección de CFDI de nómina 2025.
Los patrones que hayan timbrado nóminas con errores durante 2025 podrán corregirlos por única ocasión, siempre que el nuevo comprobante se emita a más tardar el 28 de febrero de 2026 y se cancelen los comprobantes sustituidos.
8.Regla 2.9.5. Solicitud de RFC de cuentahabientes.
Las entidades financieras y sociedades de ahorro y préstamo podrán solicitar el RFC de sus cuentahabientes conforme a la Ficha de Trámite 11/CFF, como facilidad administrativa.
9.Regla 2.9.20. Consulta de listas del artículo 69-B y 69-B Bis del CFF.
Se establece un procedimiento para que los contribuyentes consulten, a través del SAT, las listas de contribuyentes relacionados con actividades de riesgo o vulnerables, clasificadas como:
•Presuntos
•Definitivos
•Desvirtuados
•Con sentencia favorable
10.Regla 2.9.21. Acceso a información de plataformas digitales.
Las plataformas deberán permitir el acceso en línea a información para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo datos como: tipo de servicio, nombre o razón social, RFC, CURP, domicilio, precio pagado, IVA trasladado, precio final con IVA y folio fiscal del CFDI.
11.Regla 2.12.12. Garantía del interés fiscal.
Se incorpora la garantía mediante “billete de depósito”, emitido por institución autorizada y cumpliendo con diversos requisitos establecidos.
Estas son solo algunas de las reglas más relevantes de la Miscelánea Fiscal. Te invito a mantenerte atento y cumplir oportunamente, ya que la autoridad ha reforzado su postura recaudatoria. Mi intención es informarte para que evites contratiempos y sanciones.
Con cariño,
Tu asesora de confianza
C.P.T. Kenia Chilaca
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